CARTILLA PRESTACIONAL

La Obra Social de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales cumple con el Programa Médico Obligatorio del Ministerio de Salud Pública, basado en las estrategias de Atención Primaria de la Salud, privilegiando las acciones de prevención, promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la Salud., brindando a sus afiliados todas las prestaciones médico asistenciales allí mencionadas.
El objetivo de nuestra Obra Social es cubrir las necesidades de todos los afiliados más allá de su concentración o lugar geográfico en el que se encuentren, utilizando los recursos de manera más adecuada, logrando la prevención y recuperación de la Salud.
La Obra Social brinda cobertura a la totalidad de las prestaciones en coincidencia con el catálogo que se detalla en el Anexo II de la Res. 201/02.
El Programa Médico Asistencial cumple con el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y con el programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGIA) en el ámbito de la Seguridad Social (según marca el Decreto 865/2000) a fin de garantizar la salud de la población.
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS:
La Obra Social brinda cobertura a la totalidad de las prestaciones en coincidencia con el catálogo que se detalla en el Anexo II de la Res. 201/02.
La Obra Social brinda cobertura a la totalidad de las prestaciones en coincidencia con el catálogo que se detalla en el Anexo II de la Res. 201/02.
PRESTACIONES QUE BRINDA LA OBRA SOCIAL
La Obra Social de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales cumple con el Programa Médico Obligatorio del Ministerio de Salud Pública, basado en las estrategias de Atención Primaria de la Salud, privilegiando las acciones de prevención, promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la Salud., brindando a sus afiliados todas las prestaciones médico asistenciales allí mencionadas
El objetivo de nuestra Obra Social es cubrir las necesidades de todos los afiliados más allá de su concentración o lugar geográfico en el que se encuentren, utilizando los recursos de manera más adecuada, logrando la prevención y recuperación de la Salud
La Obra Social brinda cobertura a la totalidad de las prestaciones en coincidencia con el catálogo que se detalla en el Anexo II de la Res. 201/02
El Programa Médico Asistencial cumple con el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y con el programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGIA) en el ámbito de la Seguridad Social (según marca el Decreto 865/2000) a fin de garantizar la salud de la población.
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA
PROGRAMA DE ATENCIÓN PRIMARIA
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS:
Representa el primer nivel de contacto con los afiliados, sus familias y la comunidad dentro del marco del Sistema Nacional de Salud, colocando como objetivo a la Salud y no a la enfermedad.
Provee la asistencia médica fundamental puesta efectivamente al alcance de todos los individuos y familiares beneficiarios de la Obra Social, estimulando la participación de las mismas, logrando un beneficio superador en la inversión en Salud, acentuando la prevención de la enfermedad y la promoción para la Salud sin olvidar el tratamiento oportuno y eficiente de la enfermedad.
El modelo de atención incluye un profesional que cumple el rol de médico de familia, referente de todos los temas de Salud, funcionalmente se denomina Médico de Referencia (MR) Interactuará con los demás profesionales del sistema centralizando la información a efectos de poder mantener actualizada la Historia Clínica Familiar Unica y dar continuidad al proceso asistencial.
Lo acompańan un pediatra y un ginecólogo constituyendo el Equipo Básico de Atención Médica Primaria, estructura básica organizativa y funcional que interrelacionados con el resto de los niveles de atención garantizan que la asistencia sea integral e integrada.
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN
PLAN MATERNO INFANTIL
Objetivo:
El objetivo de este programa es promover la salud de la embarazada y del nińo, prevenir enfermedades y complicaciones, que pudieran depender de la correcta orientación que le brindara la Obra Social, a través de los profesionales de la salud, así como la detección precoz de las mismas, con el beneficio que ello pudiera tener en la calidad de vida de las personas
Población Destinataria:
La Obra Social de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales brinda una cobertura integral (100%) para la madre desde el momento del diagnóstico hasta un mes después del parto y del nińo hasta cumplir el ańo de vida.
Se exceptúa el pago de todo tipo de coseguro para las atenciones y medicaciones especificas.
Comprende:
A)Embarazo y Parto:
Cobertura del 100% de la atención integral del embarazo, parto y del reciénnacido.
Cobertura del 100% en medicamentos inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio para la madre y del 40% del valor de referencia (Anexo IV, PMOE) para medicamentos ambulatorios no relacionados cuando estén comprendidos en al Anexo III del PMOE. Cobertura al 100% de la psicoprofilaxis obstétrica.
Programa de Prevención Prenatal del Embarazo Normal.
b) Infantil:
Cobertura del 100% en medicamentos para el nińo hasta el ańo de vida.
Se brindará cobertura de internación de 48 Hs. con control adecuado por profesional a todos los recién nacidos. En caso de recién nacidos patológicos se brindará cobertura de internación, medicamentos y métodos diagnósticos sin límite de tiempo.
Se promoverá el contacto inmediato del recién nacido con su madre.
Programa de Prevención del Recién Nacido desde el Alta de la Maternidad y durante el primer ańo.
Se realizarán los estudios correspondientes para la detección de fenilcetonuria, hipotiroidismo y enfermedad fibroquística.
Se realizaran Inmunizaciones del período acorde con el Calendario de Vacunación Nacional y la vacunación antihepatitis B (Res. 940/2000) en sus tres dosis: recién nacido, dos meses y 6 meses.
Con el objeto de promover la lactancia materna, no se cubrirán leches maternizadas. En leches medicamentosas se cubrirán 4 Kg/mes hasta los 3 meses de edad, con indicación médica, resumen de Historia Clínica que la justifique y con posterior evaluación de la Auditoria Médica.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN PRENATAL DEL EMBARAZO NORMAL
Objetivo
El objetivo de este programa es promover la salud de la población beneficiaria, prevenir enfermedades y complicaciones, que pudiera depender de la correcta orientación que le brindara la Obra Social, a través de los profesionales de la salud, así como la detección precoz de las mismas, con el beneficio que ello pudiera tener en la calidad de vida de las personas.
Población Destinataria
Dirigido a toda la población beneficiaria femenina que se encuentre embarazada
Comprende:
Control prenatal mensual hasta el 7º mes. A partir del 7º mes un control cada 15 días y a partir de la semana 38 un control semanal.
En el primer control, que preferentemente debe hacerse desde el primer mes de la amenorrea se efectuará
• Anamnesis detallada
• Determinación de la edad gestacional y fecha probable de parto
• Examen gineco – obstétrico
• Examen clínico general y mamario
• Se solicitarán: exámenes de laboratorio: grupo y factor, hemograma, glucemia, uremia, proteínas totales, orina completa, VDRL, serología para Chagas, Toxoplasmosis, HIV, HbsAg,
• Ecografía (confirmación de la edad gestacional, etc.), Papanicolau cervical y colposcopia.
• Evaluación cardiológica. Evaluación odontológica
Segundo trimestre: se repite ecografía (descartar malformaciones fetales) toxoplasmosis.
Se repite rutina de glucemia pre y post entre semana 24 y 28 que se complementará con curva de tolerancia a la glucosa en los casos indicados (detección de Diabetes gestacional).
Al 5 º mes vacunación antitetánica 1º dosis para pacientes con vacunación insuficiente o vencida.
Al 7º mes vacunación antitetánica 2º dosis.
Tercer trimestre: Rutina completa, riesgo quirúrgico, ecografía (bienestar fetal).
Monitoreo fetal ante parto entre 37 y 38 semanas. Curso de psicoprofilaxis obstétrica.
Las normas precedentemente propuestas variarán de ser necesario a criterio del médico tratante según el caso clínico lo amerite.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL RECIEN NACIDO DESDE EL ALTA DE LA MATERNIDAD Y DURANTE EL PRIMER AŃO
Objetivo
El objetivo de este programa es promover la salud de la población beneficiaria, prevenir enfermedades y complicaciones, que pudiera depender de la correcta orientación que le brindara la Obra Social, a través de los profesionales de la salud, así como la detección precoz de las mismas, con el beneficio que ello pudiera tener en la calidad de vida de las personas.
Población destinataria
Dirigido a toda la población beneficiaria que se encuentre comprendida en el objetivo de este programa.
Comprende:
Consulta 1: 7 a 10 días de vida. El pediatra debe realizar y dejar constancia en la Historia Clínica del paciente.
Consignar Peso, Talla, Circunferencia Cefálica y percentilar cada uno.
Examen clínico completo, Reflejos arcaicos, Maniobra de Ortelani para luxación congénita de cadera, Presencia de pulsos periféricos, cianosis e ictericia.
Evaluar crecimiento, desarrollo y fomentar la alimentación a pecho.
Alertar sobre los peligros del uso de medicina casera en general y de los tés de yuyos en especial.
Indicar suplementos vitamínicos A- C y D.
Controlar si ha recibido la BCG y si la he recibido, la condición de la misma.
Entregar el cronograma de controles en salud durante el primer ańo de vida y la cartilla de vacunación.
Consulta 2: al mes de vida
Se continuará con una visita mensual hasta los 12 meses de edad. En todas las consultas, además del examen clínico se consignarán, peso, talla, perímetro cefálico y se percentilará controlando el crecimiento y el desarrollo.
Se evaluará la adquisición de pautas madurativas psicomotrices según edad.
Se controlará la administración de las vacunas y se dejara constancia de las mismas en cuanto a la fecha de administración y número de dosis.
A partir del 3º mes y hasta el ańo se indicará hierro como profilaxis de la anemia fisiológica.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL NIŃO DESDE EL PRIMER AŃO HASTA LOS DOCE AŃOS DE EDAD
En todas las consultas debe controlarse el Crecimiento, Desarrollo y el cumplimiento de las fechas de vacunación de la cartilla.
Tal como lo establece la Ley Nac. 22909, la vacunación es gratuita y obligatoria en todos los centros de Salud Públicos.
El pediatra podrá adelantar controles y / o indicaciones según lo considere necesario.
De 2 a 3 ańos de edad cada 4 meses.
De 3 a 6 ańos de edad cada 6 meses.
De 6 a 12 ańos de edad una vez al ańo.
Entre los 5 y 6 ańos deberá realizarse una consulta oftalmológica que será repetida a los 11 ańos.
Después de los 12 ańos y hasta el fin de la adolescencia, se presta especial atención en cuanto a prevención a los controles odontológicos y oftalmológicos.
En las adolescentes del sexo femenino las normas sobre controles de ginecológicos serán propuestas por los ginecólogos.
El control bucal en salud se realizará según normas de Odontología.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE CANCERES FEMENINOS
El cáncer de cuello uterino es una de las causas de mayor morbimortalidad evitable de la patología oncológica de la mujer, la detección precoz es la manera de disminuir la morbimortalidad de esta patología.
La Obra Social garantiza que se efectúen a sus beneficiarios las siguientes consultas:
a. Un control con la primera menstruación.
b. Un control, entre los catorce y dieciséis ańos.
c. Control con el inicio de las relaciones sexuales o sin ellas a los dieciocho ańos.
d. Luego del inicio de las relaciones sexuales un control anual que constará de: Examen ginecológico, Examen mamario, Enseńanza de autoexamen mamario.
Papanicolaou (PAP) inicial a toda mujer mayor que haya iniciado su vida sexual. Si fuera normal, el mismo se repetirá a los tres ańos del anterior manteniendo esta periodicidad hasta los 70 ańos de vida. Después de los 70 se efectuará cada cinco ańos.
En caso que el PAP de control fuera anormal se debe realizar colposcopía y cepillado endocervical. Si estos controles fueran normales, el PAP se debe repetir dos veces en un ańo, y si éstos fueran también normales, se continúan realizando anualmente por tres ańos, de persistir la normalidad se vuelve al control cada tres ańos.
De registrarse colposcopía patológica o anormal se debe realizar biopsia dirigida colposcópica, si esta verificara patología pasa al tratamiento de la misma. De ser el resultado de la biopsia negativa se realizará un control anual con PAP y colposcopía. Si estos estudios fueran normales continúa con el control trianual.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CANCER DE MAMA
El cáncer de mama es la neoplasia más frecuente y la que produce el mayor número de muertes por cáncer en la población femenina. La única manera de prevención hasta el momento, es la detección precoz a través de:
– AUTO EXAMEN
Se estimula el auto examen mamario con planes de educación, folletos ilustrativos u otras estrategias de comunicación. Para optimizar el resultado se aconseja realizarlo en la semana posterior a la menstruación incluyendo la palpación de la axila.
– DETECCION MAMOGRAFICA
a) Población en riesgo aumentado
Las mujeres por debajo de los 40 ańos con una fuerte historia familiar de cáncer de mama, deben entrar en planes diferenciados de prevención. En esta situación se recomienda una mamografía a los 36 ańos y una mamografía anual a partir de los 40.
b) Población en riesgo estándar
Se le debe realizar una mamografía a los 50 ańos. Si el resultado de la misma fuera negativo, se debe realizar una mamografía cada dos ańos hasta los 69. Con resultado mamográfico anormal, se realizará biopsia y en caso de resultado positivo pasa a tratamiento. Si en cambio fuera negativo, se realizará una mamografía al ańo y con el resultado normal regresa a los controles bianuales.
c) Toda otra indicación como la displasia mamaria, o la detección de cáncer mamario en pacientes de alto riesgo será para detección de casos, acorde a las guías que establece el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
Menopausia: Se realizarán evaluaciones ginecológicas, cardiológicas, óseas y ecográficas.
PROGRAMA DE PREVENCION EN PATOLOGIA PROSTATICA
El Cáncer de Próstata representa cerca del 17% de todas las neoplasias malignas en el sexo masculino.
Es el tercer sitio principal de cáncer en varones.
La Obra Social realizará diagnóstico y tratamiento de todas las afecciones siguiendo el siguiente esquema:
1. Consultas
a. Efectuará una consulta urológica después de los cincuenta ańos,
continuando con una consulta anual.
b. Si se tiene antecedentes de familiares directos con anomalías malignas de
próstata se deberá efectuar una consulta urológica después de los
cuarenta ańos y continuar con una consulta anual.
2 . Diagnóstico
c. Se debe realizar un tacto rectal.
d. Determinación de PSA.
e. De ser dudosos los dos puntos antes mencionados, debe efectuarse un
estudio ecográfico.
3. Tratamiento
a. Las consultas terapéuticas variaran según los resultados diagnósticos.
ODONTOLOGÍA PREVENTIVA
La Obra Social estimulará la prevención de la salud bucal de su población desde la implementación de campańas educativas, fluoración y consultas a especialistas.
SALUD REPRODUCTIVA
La OS cubrirá a sus beneficiarios las prestaciones que se determinen en la Ley N° 25673.
PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN
Objetivo:
Promover la salud sexual de la población beneficiaria, prevenir enfermedades y complicaciones, prevenir embarazos no deseados, asegurar la orientación correcta para tomas de decisiones en procreación y prestaciones que le brindará la Obra social, a través de los profesionales de la salud, con el beneficio que ello pudiera tener en la calidad de vida de las personas.
Población destinataria:
Dirigido a toda la población beneficiaria en edad fértil.
El desarrollo de este programa se efectúa mediante la enseńanza, indicaciones, aplicación de métodos anticonceptivos reversibles, no abortivos y transitorios respetando las convicciones del beneficiario y de prevención de enfermedades, tratamientos, controles mediante todas las prestaciones relacionadas incluidas en el PMOE.
La Obra Social cumple con la cobertura de las prestaciones relacionadas con el embarazo, trabajo de parto, parto y postparto, derecho de los padres y del recien nacido según la Ley 25.929.
ATENCION SECUNDARIA
ˇ ASISTENCIA AMBULATORIA – CONSULTAS MEDICAS
Tendrán cobertura las consultas de urgencia y las programadas con todas las especialidades médicas reconocidas por la autoridad sanitaria nacional, a saber:
Anatomía Patológica, Anestesiología, Cardiología, Cirugía Cardiovascular, Cirugía de cabeza y cuello, Cirugía General, Cirugía Infantil, Cirugía Plástica reparadora, Cirugía de Tórax, Clínica Médica, dermatología, Diagnóstico por Imágenes: Radiología, TAC, RMN, Ecografías, Endocrinología, Infectología, Medicina Física y Rehabilitación, Gastroenterología, Geriatría, Ginecología, Hematología, Hemoterapia, Medicina Familiar y General, Medicina Nuclear, Nefrología, Neonatología, Neumonología, Neurología, Neurocirugía, Nutrición, Obstetricia, Oftalmología, Oncología, Ortopedia y Traumatología, Otorrinolaringología, Pediatría, Psiquiatría, Reumatología, Terapia Radiante, Urología.
ˇ PRACTICAS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS AMBULATORIOS, DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS
La OS incluye con cobertura del 100% todas las prácticas diagnósticas y terapéuticas indicadas en PMO, con los materiales descartables, radioactivos, de contraste, medicamentos o cualquier otro elemento necesario para realizarlas.
INTERNACION
La OS contempla el 100% de cobertura la internación clínico-quirúrgica, especializada, de alta complejidad, sin coseguros, ni límite de tiempo, excepto el seńalado en el capítulo de Salud Mental.
Incluye todas las prestaciones y prácticas diagnósticas y terapéuticas detalladas en el Anexo II de la Resolución 201/02 MS y asegura el 100% de cobertura en gastos, derechos, honorarios, material de contraste o radioactivo, medicamentos, elementos e instrumentales necesarios, descartables o no.
A las modalidades de Hospital de Día y Cirugía Ambulatoria les corresponde una cobertura idéntica a la de internación.
SALUD MENTAL
a. PRESTACIONES CUBIERTAS
– Atención ambulatoria. hasta 30 sesiones cada 12 meses por beneficiario, no pudiendo exceder la cantidad de 4 consultas mensuales.
– Incluye las siguientes modalidades:
– Entrevista psiquiátrica
– Entrevista psicológica
– Entrevista y tratamiento psicopedagógico
– Psicoterapia individual
– Psicoterapia grupal
– Psicoterapia de familia y de pareja
– Psicodiagnóstico
– Internación
– En casos agudos hasta 30 días cada 12 meses
REHABILITACION
La Obra Social incluye en su cobertura todas las prácticas kinesiológicas y fonoaudiológicas que se detallan en el PMO.
Se brindará cobertura al 100% en los casos de necesidad de rehabilitación motriz, psicomotriz, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial, con el siguiente alcance:
Kinesioterapia: hasta 25 sesiones por afiliado por ańo calendario.
Fonoaudiología: hasta 25 sesiones por afiliado por ańo calendario.
Para el accidente cerebrovascular se dará cobertura hasta los tres meses posteriores, prorrogable por la Auditoria Médica de la Obra Social mientras se documente progreso objetivo en la evolución.
En el caso de grandes accidentes la cobertura será hasta los seis meses posteriores, prorrogables por la Auditoria Médica de la Obra Social mientras se documente progreso objetivo en la evolución.
ODONTOLOGIA
Se cubrirán todas las prestaciones que figuren en el Nomenclador Nacional de Obras Sociales según PMO, sin coseguros.
MEDICAMENTOS
Como lo establece el Art.2 de la Resolución 310/04 MS, modificatoria de la Res. Nº 201/02 MS., que modifica el apartado 7 del anexo I, de la Res.Nº 201/02 MS por la cual se contemplan.
La cobertura del 40% en medicamentos ambulatorios de uso habitual que figuren en el Anexo III y del 70% para los medicamentos destinados a patologías crónicas prevalentes, conforme el precio de referencia (monto fijo) publicado en el anexo IV y para las formas farmacéuticas concentraciones y presentaciones de cada medicamento que allí se individualizan.
Cobertura de medicamentos de alternativa terapéutica, según las recomendaciones de uso establecidas en el anexo V.
La Obra Social cumple con la ampliación de cobertura de medicamentos para enfermedades crónicas más frecuentes de acuerdo a la Res.310/04 MS, Res. 758/04 y a la Res. 757/2004 propiciando el cumplimiento de los tratamientos de dichas enfermedades evitando las complicaciones propias del abandono de las mismas, mejorando la accesibilidad económica, evitando los gastos generados por el incumplimiento terapéutico y la pérdida de calidad de vida de nuestros beneficiarios.
Cobertura de Medicamentos en internación al 100%.
Asimismo se cubre al 100%:
Eritropoyetina en el tratamiento de la anemia por Insuficiencia Renal Crónica.
Dapsona en el tratamiento de la lepra
Medicamentos oncológicos según protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación.
Medicación de soporte clínico de la quimioterapia destinada a la prevención y tratamiento de los vómitos inducidos por agentes antineoplásicos según protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación
Inmunoglobulina antihepatitis B (según recomendaciones de uso del anexo III)
Drogas para el tratamiento de la Tuberculosis
Medicamentos anticonceptivos incluidos en los anexos III y IV , anticonceptivos intrauterinos (dispositivos de cobre) condones con o sin espermicidas, diafragmas y espermicidas.
Cobertura al 100% de insulina , antidiabéticos orales (70%) y tirillas reactivas (400 anuales). Res. 301/99 MS y AS Para pacientes insulinodependientes lábiles participantes en programas específicos de prevención secundaria se duplicará la provisión de tirillas para medición de glucemia (autocontrol).
Cobertura del 100% del Mestinón 60 mg. para el tratamiento de la Miastenia Gravis Res.791/99 MS y AS
Cobertura al 100% de medicación analgésica destinada al manejo del dolor de pacientes oncológicos, según protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación.
La medicación no oncológica, de uso en protocolos oncológicos, tendrá la misma cobertura que la medicación ambulatoria, a excepción del Ondasetrón en el tratamiento de los vómitos agudos inducidos por drogas altamente emetizantes (cisplatino, carboplatino, ciclofosfamida, ifosfamida, dactinomicina D, dacarbazina, doxorrubicina, idarrubicina, epirrubicina, estreptozotocina, citarabina).
Cobertura al 100% de los medicamentos incluidos en las Resoluciones Nº 475/02 APE,500/04 APE, 5600/03 APE Y 2048/03 APE y sus modificatorias y para grupos vulnerables.
La Obra Social dará cobertura del 100% con apoyo financiero del Fondo Solidario de Redistribución, según las normas que dicte la Administración de Programas Especiales (APE), a los siguientes medicamentos:
Interferón en el tratamiento de:
§ Esclerosis Múltiple para pacientes entre 18 y 52 ańos de edad, con dos o más brotes documentados.
§ Hepatitis Crónica por virus B o C comprobada por laboratorio o Anatomía Patológica.
Copolímero: como alternativa del Interferón en la Esclerosis Múltiple ante su intolerancia con iguales indicaciones.
Gestrinona y Danazol: tratamiento de la Endometriosis en segunda línea ante intolerancia a Gestágenos y Anovulatorios.
Teicoplamina: Tratamiento ambulatorio de infecciones documentadas por estafilococos meticilinoirresistentes.
Factores estimulantes de colonias granulocíticas: neutropenias severas (menos de 1000 neutrófilos por mm3).
Dnasa: enfermedad Fibroquística.
Riluzole: En la Esclerosis Lateral Amiotrófica.
Factor VIII y Antihemofílicos.
Somatotropina: en síndrome de Turner e hiopopituitarismo con trastornos del crecimiento, hasta el cierre de los cartílagos de crecimiento
Octeotride: en síndrome Carcinoide y tumores hipofisarios del tipo de la Acromegalia.
Cerezyme: en la enfermedad de Gaucher.
Medicación anti HIV y anti SIDA.
Inmunosupresores.
Para acceder a la provisión de los medicamentos nombrados, el beneficiario deberá presentar ante la Auditoría Médica de la Obra Social: Historia Clínica, protocolo de tratamiento incluyendo dosis diaria y tiempo estimado del mismo.
Medicación Anti HIV:
La cobertura en medicamentos es del 100% y se brinda según los módulos aprobados por la Res Nº 500/04 APE y el Módulo de alta Complejidad Infectológica Res.Nº 860/98, cubriendo de esta forma la medicación necesaria.
Al mismo tiempo, más allá de la cobertura en medicación antiretroviral específica para SIDA, la Obra Social brinda al paciente todas las coberturas médicas asistenciales y bioquímicas que requiera, efectuando para ello y en forma estrictamente personal con los profesionales las indicaciones y cuidados que dicho paciente necesita.
Todos lo prestadores que brindan servicios a la OS deberán recetar medicamentos por su nombre genérico (Ley 25.649 y Decreto 987/03) aplicando los mecanismos de sustitución para su cobertura.
OTRAS COBERTURAS
Cuidados Paliativos:
El Cuidado Paliativo es la asistencia activa y total de los pacientes y de sus familias por un equipo multiprofesional cuando la enfermedad del paciente sea potencialmente letal a corto o mediano plazo y que no responden al tratamiento curativo. Incluyen enfermedades oncológicas, neurológicas evolutivas o degenerativas, renales crónicos, SIDA, enfermedades metabólicas y genéticas.
El tratamiento del dolor u otros síntomas angustiantes tendrá cobertura del 100%.
Hemodiálisis y Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria
La cobertura será del 100%, siendo requisito indispensable la inscripción de los pacientes en el INCUCAI dentro de los primeros 30 días de iniciado el tratamiento. Incluye la atención en consultorios, centros de diálisis, traslados, medicación sin cobro de coseguros.
Transplantes
La cobertura de los mismos es total, incluye los estudios pre y postransplantes, el transplante y la medicación inmunosupresora. Los mismos son subsidiados por la Administración de Programas Especiales según Res.500/04 APE.
Otoamplífonos
La Obra Social cubrirá el 100% en patología neurosensorial o perceptiva en nińos de hasta 15 ańos de edad. Durante la escolaridad, a partir de los 18 ańos o fin de la enseńanza obligatoria la provisión de otoamplífonos retroauriculares o equipos intraauriculares queda sujeta a la evaluación de la auditoría médica de la obra social.
Óptica
Con igual criterio que el anterior se asegura la cobertura de anteojos con lentes estándar en un 100% a nińos de hasta 15 ańos de edad. Brinda además la cobertura de un marco y un par de cristales orgánico o mineral de visión cercana o lejana por afiliado cada 12 meses.
Prótesis y Ortesis
La cobertura será del 100% en prótesis e implantes de colocación interna permanente y del 50% en ortesis y prótesis externas, no reconociéndose las prótesis denominadas miogénicas o bioeléctricas. Las indicaciones médicas se harán por nombre genérico, sin aceptar sugerencias de marcas, proveedor u especificaciones técnicas que orienten la prescripción encubierta de determinado producto. Sólo se tramitarán prótesis nacionales, admitiéndose prótesis importadas cuando no exista similar nacional. La responsabilidad del Agente del Seguro se extingue al momento de la provisión de la prótesis nacional.
Traslados
Para beneficiarios que no puedan trasladarse por sus propios medios, desde, hasta o entre establecimientos de salud, con o sin internación y que sea necesario para el diagnóstico o tratamiento de su patología.
Atención Domiciliaria
Atención Domiciliaria, se brinda cobertura del 100% según los requerimientos solicitado por los médicos tratantes durante la internación del paciente.
Prácticas con financiamiento por el Fondo Solidario de Redistribución
Sin perjuicio de lo establecido en esta Resolución, todas las prácticas contempladas en la Res. 500/04 de la Administración de Programas Especiales continúan con la modalidad de financiamiento vigente a través del FSR.
DISCAPACIDAD:
No posee equipo interdisciplinario de discapacidad EXCEPTUADO RES 206/11.
SALUD MENTAL:
LEY 26657 Y DECRETO 603/2013.
IVE: ( interrupción voluntaria del embarazo)
LEY 27610.
Identidad de género : LEY 26743-DECRETO 903/15
Violación de género: LEY 26485-LEY 279669.
La Obra Social brinda la cobertura al paciente discapacitado siguiendo lo estipulado en la Resolución 400/99 y sus modificaciones y el PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Se adecua también a lo establecido en la Res.428/99 y su modificación 036/03 MSAS.
Dicha Cobertura abarca todas las prestaciones incluidas en dicho programa médico asistencial, Hospital de día, Centro Educativo Terapéutico, Hogar, Hogar con centro de día y Hogar con Centro Educativo, Estimulación temprana, Prestaciones Educativas.
COSEGUROS.
Los beneficiarios de la Obra Social de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales no abonarán ningún tipo de coseguro, salvo las expresamente indicadas (salud mental, visita domiciliaria y rehabilitación en domicilio).
Están exceptuados del pago de coseguros en todos los rubros:
– La mujer embarazada desde el momento del diagnóstico hasta 30 días después del parto, en todas las prestaciones inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio.
– Las complicaciones y enfermedades derivadas del embarazo, parto y puerperio hasta su resolución.
– El nińo hasta cumplido el ańo de edad.
– Los pacientes oncológicos de acuerdo a normativa.
– Los programas preventivos.
– La internación.
– Personas con discapacidad de acuerdo a lo estipulado por la ley 24.901 y sus normas complementarias.
– Personas infectadas por algunos de los retrovirus humanos y las que padecen síndrome de inmunodeficiencia.

Órgano de Control de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga.

Código postal: C1035AAN
Línea Gratuita para consultas de beneficiarios y usuarios del Sistema Nacional de Salud
0800-222-72583 (SALUD)
Horario: 9 a 17 hs.

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